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Carta de acreditación de solvencia económica (línea de crédito)

por Mar 3, 2021Carta Fianza0 Comentarios

Desde hace un tiempo, este requisito se encuentra señalado dentro de las bases para postularse a procesos de licitación pública en el Perú. Si eres proveedor del Estado seguramente te interesará este artículo; aquí explicaremos detalladamente de qué se trata y cómo se puede conseguir una carta de línea de crédito.

En el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado (LCE), en la selección de proveedores para la ejecución de obras en procesos de licitación pública se establece como requisito de calificación la presentación de un documento que acredite la solvencia económica de los postores participantes en el proceso de selección.

La entidad pública que convoca el proceso de selección de proveedores puede opcionalmente considerar este requisito dentro de la convocatoria, en cuyo caso los postores deberán acreditar disponer de una línea de crédito equivalente como máximo a un 60% del valor referencial de la convocatoria.

La manera de presentar este requisito es mediante una carta emitida por una empresa que se encuentre bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS). Y es muy importante tener en cuenta que dentro de estas empresas supervisadas se excluyen a las compañías de seguros.

A las entidades públicas no les corresponde aceptar esta clase de documentos emitidos por empresas de seguros debido a que dichas empresas no pueden otorgar créditos. Y para aclarar este punto, la SBS emitió un oficio el día 6 de diciembre de 2019 dirigido a la Dirección de Gestión de Riesgos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) en donde explica que:

«… las empresas de seguros tienen la prohibición de otorgar créditos, de conformidad con el numeral 3 del artículo 325 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, Ley N° 26702 y sus modificatorias».

Este oficio al que se hace referencia puede ser descargado aquí.

Esta aclaración dada por la SBS se realizaba por solicitud directa de la OSCE debido a que algunas empresas aseguradoras habrían ofertado líneas de crédito para emitir fianzas y cauciones, y esto generaba confusión con las líneas de crédito otorgadas por las empresas del sistema financiero.

Ahora bien; si las aseguradoras no pueden emitir cartas de línea de crédito para acreditar la solvencia económica de los postores en procesos de licitación pública, entonces: ¿Qué empresas sí pueden emitir cartas de línea de crédito?

Organizamos una lista resumida de los tipos de empresas supervisadas por la SBS que sí pueden emitir este documento:

  1. Bancos.
  2. Financieras.
  3. Cajas municipales de ahorro y crédito.
  4. Cajas rurales de ahorro y crédito.
  5. Empresas de Desarrollo de Pequeña y Microempresa (EDPYMES).
  6. Cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC).

Los postores que participen en procesos de licitación pública deberán contar con líneas de crédito si está indicado en las bases del proceso de selección al que aspiran postular. Este es un requisito que la entidad pública convocante puede considerar incluir o no dentro de las bases del proceso.

Un dato importante: para procesos de selección bajo la modalidad de adjudicación simplificada (en ejecución de obras), este requisito no se encuentra establecido. En realidad, este requisito solo aplica para los procesos de la modalidad de licitación pública para la contratación de ejecución de obras. Todas las demás modalidades están exentas de este requisito y se indica cuando el proceso de selección es una licitación pública sólo para la contratación de ejecución de obras.

También es bueno saber un poco de la historia reciente de este requisito: Las cartas de línea de crédito comenzaron a ser un requisito de calificación desde la publicación de las bases estándar para los procesos de selección en la Directiva N° 001-2019-OSCE/CD, aprobada con la Resolución Nº 013-2019-OSCE/PRE, publicada en el Diario oficial El Peruano el 29 de enero de 2019.

En esa directiva del año 2019, las bases estándar de licitación pública para la contratación de la ejecución de obras contenía una descripción del requisito muy general. Puedes ver las bases estándar de esa fecha aquí.

En cambio, para la fecha en la que redactamos este artículo (02/03/2021), las bases estándar para procesos de licitación pública han detallado mucho más las características de las cartas de línea de crédito, y con esto está mucho más claro qué empresas supervisadas por la SBS pueden emitir cartas de línea de crédito. Puedes descargar las bases estándar electrónicas de licitación pública para la contratación de la ejecución de obras vigentes a partir del 30 de octubre de 2020 aquí. Dichas bases fueron publicadas en la Directiva N° 010-2020-OSCE/CD, aprobada mediante Resolución Nº 148-2020-OSCE/PRE, publicada en el Diario oficial El Peruano el 23 de octubre de 2020.

¿Qué puedes hacer si no tienes línea de crédito en un banco?

Hay entidades financieras que son más accesibles al otorgar líneas de crédito, especialmente si la empresa que solicita el crédito es considerada PYME. Muchos proveedores del Estado han diversificado sus accesos a líneas de crédito en entidades como Cooperativas de Ahorro y Crédito (COOPAC), que al tener una estructura de societarios permite a las empresas inscribirse como socios aportando un capital realmente bajo para poder ser beneficiario de las ofertas de crédito a los integrantes de la COOPAC.

A diferencia de los bancos y las financieras, las COOPAC no están autorizadas para captar depósitos del público, y es por esto que es un requisito obligatorio que quienes estén interesados en recibir un crédito de una COOPAC primero se registren como socios de la cooperativa y posteriormente obtener créditos de los fondos con los que cuenta la cooperativa.

Los requisitos necesarios para solicitar una línea de crédito en COOPAC generalmente son:

  1. Estar calificado en las centrales de riesgo como «Normal» (sin atrasos importantes en créditos vigentes con otras entidades financieras).
  2. Debido a que mayormente se admiten a PYMES, la facturación máxima declarada en el ejercicio tributario anterior debe ser menor a 1700 UIT.
  3. DNI del representante legal de la empresa y de los accionistas.
  4. Declaraciones de renta anual a SUNAT de los últimos ejercicios.

A pesar de que las COOPAC sean una buena opción para obtener cartas de línea de crédito, no todas están preparadas para recibir este tipo de solicitudes. Si deseas saber más a detalle cómo trabajar con las cooperativas que están en el país y conocer sus características siempre es bueno contar con un asesor especializado en tu rubro de negocios.

No olvides que la planificación previa frente a la postulación en procedimientos de selección es esencial para ganar. Mantente siempre informado respecto a las alternativas de crédito en el país y podrás canalizar mejor tus dudas para tener éxito al postular.

Sharif Huneidie – Jefe de fianzas
+51 999 998 059
sharif@arcasesores.com.pe

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